Documento sin título El Agua, un recurso finito

Gestion integrada del agua

Por Alicia Barchuk

La Gestión Integrada de  los Recursos Hídricos  puede implicar una contribución importante para proyectar la conservación de los recursos hídricos, su manejo y el acceso al agua  por parte de la población.

Es necesario considerar, con un enfoque holístico, diversos aspectos que operan de  manera interdependiente  en los que hace al funcionamiento del ecosistema y a la relación con la sociedad. Un eje que lo integra es la visión del territorio.  Esto supone, también, una unidad de análisis del ecosistema que implica la  definición de  cuencas.

No obstante, para poder plantear una visión completa y compleja de la situación hídrica, es necesario contar  con datos sólidos e indicadores respecto al uso y acceso del agua, como también, considerar las consecuencias de los cambios de suelo que se producen en el ecosistema.

Para analizar la situación ecológica de la  provincia, conviene considerar sus  tres tipos de climas: árido, semiárido  ( que recorre la parte central de la provincia) subhúmedo (pequeña fracción) . Ellos  determinan la  disponibilidad de agua que llega a nuestro ecosistema., la cantidad de precipitaciones, el agua que se pierde por evaporación, etc. 

Las sierras regulan el régimen hídrico de la provincia. Sin embargo, hoy están desprovistas de vegetación con grandes pérdidas de bosques, y con procesos de fuerte erosión hídrica y  eólica, que influyen en  la capacidad de captación y almacenamiento y hacen que la producción de agua está atenuada. Por esta y otras razones, algunas asociadas al uso del suelo, se ha llegado a un desbalance y deterioro en todo el territorio de la provincia de Córdoba.

Sumada esta situación al no ordenamiento y protección de cuencas y a las escasas posibilidades de las aguas almacenadas en diques de proveer de manera equitativa para el riego y la producción,  se torna evidente que se desconocen  -o no se tiene en cuenta- las necesidades actuales y futuras de la población.

A la hora de planificar es necesario poder responder:

¿Cuál es el estado de los recursos hídricos?
¿Cuál es la necesidad hídrica de la población?
¿Cómo alcanzar  equidad en el acceso del agua?

Dar respuesta a estas preguntas desde la perspectiva de la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos implica  trabajar con una visión de cuenca y evaluar la cantidad y calidad del  agua superficial y el agua subterránea disponible. En relación a esta cantidad y calidad de agua es necesario también  analizar los indicadores de salud de la población que puedan ser consecuencia del uso del agua.

Es necesario también trabajar en la caracterización del ciclo hidrológico  a través del  procesamiento del sistema de  información geográfica, donde participan todos los componentes del ciclo hidrológico,  la precipitación, el escurrimiento, evapotranspiracion, infiltración, etc., asociados bajo la unidad de cuenca.

En síntesis, la Gestión Integrada  de los Recursos Hídricos puede modelar el sistema hidrológico integrando también variables sociales  que involucran caracterizaciones demográficas y de uso del agua  que hacen posible una evaluación  y que podrían dar las bases para el ordenamiento territorial.

 

Planificación y Monitoreo de los Recursos Hídricos

Por Carlos Marcelo García

Para  planificar el manejo de los recursos hídricos de la provincia de Córdoba  es necesario conocer la disponibilidad de agua  de la región. Si se trata, por ejemplo, de aguas superficiales  seguramente  se debe contar con un sistema de medición, con técnicas óptimas, que sirva tanto para crecidas  como para estiajes (menor caudal). Actualmente, no hay en Córdoba una red instrumental importante, aunque sí existen algunos instrumentos de medición adecuados. Para planificar también es importante el mantenimiento permanente de  los instrumentos  y de la red de medición. 

Un ejemplo: la cuenca alta del Río Suquía. Está delimitada por las Sierras Grandes y las Sierras Chicas y tiene 5 cuencas de aportes: el río San Antonio, el río Cosquín, dos sub cuencas  más chicas, el arroyo Las Mojarras y Los Chorrillos, y la subcuenca del Perilago. De los volúmenes que entran al San Roque, el de mayor aporte es el del río Cosquín  ( 50 a 60%) , luego le sigue el San Antonio  30 a 35%) y las cuencas menores (10%) .

La red de medición en la zona del río Cosquín tiene condiciones  superiores del resto de la provincia. Sobre la cuenca del río San Antonio se opera un sistema telemétrico de mediciones de variables hidrológicas que, durante los meses de verano, se usa como sistema  de alerta de crecidas. En esa cuenca de  500 km2 se incluyen más de 17 estaciones pluviométricas. Si bien es este un sistema eficiente para medir crecidas, el mejor de la provincia, no es eficiente para medir caudales el resto el año, en épocas de estiaje. 

En el resto de la cuencas de la provincia hay sólo dos estaciones pluviométricas (sólo miden las lluvias): en la Pampa de Olay y en Villa Giardino. Mas del 70 % de aporte del Dique  San Roque no están siendo monitoreadas. Considerando que el monitoreo del 30% del aporte de agua presenta un 25% de error, ya que los sistemas  los sistemas  de medición no existen o no están preparados para los caudales bajos, es fácil dedur la imposibilidad de predecir caudales.

Por esta razón, antes de planificar es importante hacer un balance de cuenca  para  saber la cantidad de  agua  que se dispone. Y para hacerlo, es necesario aumentar el número de localizaciones de mediciones, cambiar las estrategias de medición,  mejorar los instrumentos para obtener resultados  precisos y regular su mantenimiento.

 

El Derecho Humano al Agua

Por Nora Britos

Se plantea este tema desde la perspectiva de los  derechos humanos  aplicados a los  derechos económicos, sociales y culturales.

En nuestro país hay un reconocimiento institucional, por la vía de la incorporación en la última reforma constitucional del año 1994, de l Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. No obstante, no existe una adecuación de la normativa interna a lo que este pacto propone.

Como habitantes tenemos un derecho humano al agua  reconocido. Esto significa que podemos presentar reclamos ante la  autoridad del poder judicial.

Por otro lado, el Estado nacional, provincial y local tiene obligaciones  “de respeto” que cumplir en materia de agua: no puede entorpecer o intervenir de modo que se dificulte u obstaculicen el derecho al agua de los ciudadanos, se debe abstener de prácticas que restrinjan o nieguen el acceso al agua en condiciones de igualdad, no debe limitar los servicios, ni las formas de uso consuetudinario, ni destruir o no proteger los instrumentos de medición.

Por otra parte, cuando el servicio está concesionado en manos privadas, el Estado está obligado a proteger al ciudadano, generando medidas de control que verifiquen y regulen las condiciones en que se están prestando los servicios y las tarifas correspondientes:

Asimismo, el Estado tiene la obligación de la provisión de agua a personas que no pueden acceder por sus propios medios y procurar el efectivo acceso a todos los habitantes. Muchas veces el derecho al agua se vulnera, generando situaciones discriminatorias, en zonas rurales o en lugares donde no es viable llevar este recurso porque la población es muy escasa o por la lejanía de las tierras o las viviendas

El Comité de Derechos Sociales de Naciones Unidas, órgano que vigila el cumplimiento del Pacto Internacional mencionado ha establecido contenidos mínimos que configuran el derecho al agua y se vinculan al compromiso de avanzar progresivamente en esta temática. Toda medida que se tome respecto al agua tiene que ser superadora, en el sentido de cubrir mayor población con acceso a este recurso, expandir las redes, generar nuevas políticas de coberturas, etc.

En síntesis,  el derecho al agua es el derecho de todos de disponer de agua suficiente, salubre, aceptable y asequible para el uso personal y doméstico.

Esta relacionado a otros derechos, tales como el derecho a la salud, a la alimentación adecuada, a la posibilidad de producir alimentos, al derecho a ganarse la vida mediante el trabajo y al derecho a participar de la vida cultural.

Este derecho al agua implica:  

Disponibilidad. El abastecimiento al agua debe ser continuo y suficiente, para uso personal y domestico.

Calidad. El agua debe ser salubre para la alimentación.

Accesibilidad en la vivienda o en la cercanía, de modo físico y económico (no se deben  afectar otros derechos por pagar la tarifa de agua). No discriminar en el acceso y proveer información sobre la calidad de agua  y sobre los planes relacionados .

Participación. Las medidas vinculadas con  la gestión de agua deben ser  compartidas con las comunidades.

 

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